Subvenciones Leader 2020
A fin de garantizar el efecto incentivador de las ayudas LEADER exigido por la Comisión Europea y no interrumpir las previsiones de ejecución de las personas promotoras que ya disponen de algún proyecto de desarrollo rural, se ha habilitado un formulario básico de solicitud con carácter previo a la publicación de la correspondiente convocatoria, el cual deberá ser presentado ante MENDINET antes de comenzar con las actuaciones objeto de solicitud. La admisión de la solicitud queda supeditada, en caso de proyectos de inversión, al levantamiento de un acta por parte de la entidad gestora competente, que certifique el no inicio de las operaciones objeto de ayuda.
No obstante, ha de tenerse en cuenta que tanto el plazo final de solicitud como el resto de detalles de la convocatoria, incluida la documentación a presentar y los datos de la solicitud oficial, así como el modo de realizarla, serán los que se fijen en la Orden de la Consejera de Desarrollo Económico en Infraestructuras por la que se convocarán las ayudas LEADER para el ejercicio 2020. Así pues, en esta fase previa no es necesario aportar ninguna documentación adicional.
Aviso importante: Cuando el importe del gasto solicitado supere la cuantía de 5.000 euros, la persona solicitante deberá contar con como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, solicitadas con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien.
Una vez publicada la convocatoria de ayudas LEADER del ejercicio 2020, estas ofertas deberán presentarse junto con el resto de documentación requerida. Es importante indicar que, para ser aceptadas, las ofertas han de ser auténticas, de proveedores reales e independientes, y han de estar lo suficientemente detalladas e incluir los mismos elementos para ser comparables.